Las firmas tecnológicas deberán prestar atención a lo que está ocurriendo con un proyecto de Ley en Chile y que dice relación con la denominada «Obsolescencia programada» que tanto hemos escuchado hablar, sobretodo tras el acuerdo extrajudicial entre la Organización de Consumidores ODECU y Apple, precisamente por la demanda de iPhones que hacían mención a ese concepto.
El proyecto avanza y ha sido despachado por la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile a su segundo trámite (Senado).
La nueva norma que modifica la Ley 19.496, se basa sobre la protección de los derechos de los consumidores y en su esencia prohíbe la venta y comercialización de todo tipo de aparatos eléctricos y electrónicos cuya funcionalidad haya sido alterada arbitrariamente y se impide acelerar el fin de su vida útil en forma anticipada. Lo anterior, ya sea por su diseño o por medio de actualizaciones posteriores.
La norma considera que los aparatos electrónicos que se comercialicen, luego de la promulgación de esta ley, deberán contar con un índice de reparabilidad a lo cual se suma la información básica comercial y ser visible en el envase del mismo producto.
El proyecto de ley prohíbe la obsolescencia programada, lo que en palabras simples, impide que los proveedores no podrán producir, fabricar, importar, distribuir o comercializar aparatos eléctricos o electrónicos cuya funcionalidad se vea comprometida significativamente por causa de una planificación o programación deliberada.
Esto, ya sea que provenga desde su diseño o a través de la modificación posterior del aparato.
Del mismo modo, entrega nuevas competencias (responsabilidades) al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) que deberá fiscalizar el índice de reparabilidad, el cual se realizará en relación a los siguientes criterios:
Se debe aportar documentación fidedigna sobre la reparabilidad del producto.
Nivel de detalle y claridad de los documentos que han sido aportados por el productor.
El producto se puede desmontar de manera fácil y contar con las indicaciones pertinentes para ello.
Que exista una alta disponibilidad de repuestos.
Que exista un equilibrio entre el precio del producto y los repuestos del mismo.
El reglamento de la normativa deberá ser suscrito por el Ministro de Economía y en él se establecerán los requisitos, formalidades del etiquetado y los productos afectos a esta ley.
Además, debe incluirbajo toda circunstancia, artículos como lavadoras, smartphones, laptops, refrigeradores y televisores y para hacer uso de la garantía legal, el proyecto aumenta de 3 a 18 los meses de plazo para devolver el producto.